domingo, 21 de marzo de 2010

¿HABRA JUSTICIA? ¿DE QUIEN SON LOS DERECHOS HUMANOS EN ARGENTINA?

                                 Buenos Aires, 19 de marzo de 2010

Sres. FLECHA BUS- DERRUDER HNOS. S.R.L.

De mi consideración:

                               Me dirijo a Uds., a fin de solicitarle procedan a la restitución del dinero por mi abonado por la totalidad de los pasajes $396) por mi adquiridos- cuyas copias adjunto- en vuestra empresa, en oportunidad de habérseme negado el beneficio que me otorga el Decreto Nacional 38/04, por mi condición de discapacitada.

                                Se formula esta solicitud en virtud del tiempo transcurrido sin haber arribado a una solución favorable, a pesar de las infructuosas gestiones llevadas a cabo.

                                 En tanto la actitud de la empresa en relación a la entrega de pasajes a discapacitados viola el Art. 19 y Art. 8; 8 bis y otros de la LEY DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR, que las obliga a prestar sus servicios de acuerdo a las normas legales y al trato digno al consumidor.

                                  Dejo hecha expresa reserva de iniciar las acciones administrativas y/o legales que pudieran corresponder.

                                  Saluda atte.

                                   DORA ALFONSO

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